Clausura
Profepa camino hacia
la Laguna Ciega en Cozumel
COZUMEL.—
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera
total temporal las actividades de desmonte y limpieza de la vegetación, en la
zona norte de la Isla de Cozumel, donde
se pretende construir una carretera que conduce a la Laguna Ciega.
Durante
visita de inspección, personal de la delegación federal de la Profepa en la
entidad constató que en una superficie total de 2.634 hectáreas se llevó a cabo
la remoción de vegetación forestal de selva mediana subperennifolia con
maquinaria pesada en las laterales del camino al acceso a la Laguna Ciega.
La
vegetación afectada está representada en su mayoría por selva mediana
subperennifolia, dicha remisión no está considerada en la Autorización de
Impacto Ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (Semarnat), por lo que se incumple con el término primero del permiso
otorgado al proyecto.
Por
lo anterior, esta Procuraduría procedió a la clausurar de manera total temporal
de las actividades de remoción de vegetación forestal en el ecosistema de
selva, hasta en tanto el promovente acredite contar con la autorización
correspondiente.
Cabe
destacar que con la remoción se afectaron especies de flora como: tzalam,
akits, chechen, chaca, kitanche y jabín; en el área se identificaron especies
de Palma Chit (Thrinax radiata) que fueron dejados en pie, por lo que no se
observó afectación a esta especie, misma que se encuentra listada en la Norma
Oficial Mexicana, NOM-059-Semarnat 2010 con categoría de (A) amenazada.
Es
importante señalar que el desmonte propicia la pérdida y degradación del suelo
por acción hídrica y/o eólica, así como el desplazamiento de las especies de
fauna silvestre que habitaban en éstos ecosistemas.
Esta
fauna se caracteriza por tener la mayor
diversidad terrestre, que provee una gran cantidad de alimento en forma de
frutos, hojas, semillas, raíces y cortezas, a las diferentes especies de fauna
silvestre que ahí habitan; por lo que su eliminación puede causar un daño o
deterioro grave a los recursos naturales.
Las
violaciones a los preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, sus reglamentos y las disposiciones podrán ser
sancionadas administrativamente por una multa por el equivalente de 30 a 50 mil
Unidades de Medida y Actualización.
De
acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 418 del Código Penal Federal se podrá
imponer pena de seis meses a nueve años de prisión, siempre que dichas
actividades no se realicen en zonas urbanas, al que ilícitamente desmonte o
destruya la vegetación natural y cambie el uso de suelo forestal.
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