Niegan
amparo a empresa por clausura
de modulo de venta de boletos
PLAYA
DEL CARMEN.— El Juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Quintana Roo negó el
amparo promovido por la empresa Impulsora Marítima de Quintana Roo y del
Caribe, S.A. de C.V., respecto a la Clausura Total Temporal a un módulo para
venta de boletos e información turística, ubicado en la 1ª Avenida Sur, esquina
calle 1 Sur Bis, Colonia Centro, en el Municipio de Solidaridad.
Dicha
resolución fue con fundamento en el artículo 128, fracción II de la Ley de
Amparo, por lo que “se niega la suspensión provisional del acto reclamado”,
solicitada por dicha empresa, por las siguientes razones:
La
documentación que exhibe la parte quejosa no acredita contar con la
autorización respectiva, expedida por la autoridad competente para ejercer la
actividad de venta de boletos e información turística en el establecimiento
donde opera tal sociedad.
Cabe
señalar que la empresa Impulsora Marítima de Quintana Roo y del Caribe, S.A. de
C.V., únicamente presentó una copia certificada de la licencia de
funcionamiento expedida por el Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad,
Quintana Roo, con vigencia al 31 de diciembre de 2016.
Sin
embargo, de acuerdo al Juzgado Cuarto de Distrito, dicho documento no acredita
contar con “permiso estatal vigente” para realizar la venta de boletos e
información turística en el establecimiento donde opera la sociedad quejosa.
Además,
en los términos del artículo 131 de la Ley de Amparo, la medida cautelar en
ningún caso tiene por efecto constituir derechos con los que no se cuenta la
parte quejosa antes de la presentación de la demanda, por lo que se niega el
juicio de amparo.
Cabe
recordar que, en a inicios del mes de noviembre del año en curso, la Profepa impuso
como medida de seguridad la Clausura Total Temporal en materia de impacto
ambiental a las instalaciones del módulo para venta de boletos e información
turística ubicado en la 1ª Avenida Sur, esquina calle 1 Sur Bis, Colonia
Centro, en el Municipio de Solidaridad, Quintana Roo.
Durante
la visita de inspección, se constató la construcción de un módulo con una
superficie de 27 m2 con estructura de aluminio, piso de concreto, paredes
recubiertas de acrílico, de una altura aproximada de 2.5 metros, techos de
plafón con lona de vinil, y al interior un mostrador cubierto de granito color
verde oscuro con una altura de 1.5 m,
despegado del suelo.
Cabe
destacar que al momento de la inspección el visitado no exhibió la autorización
en materia de impacto ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (Semarnat) para el módulo que se encuentra operando en la
zona inspeccionada.
Por
lo anterior, la delegación de la Profepa en Quintana Roo determinó imponer,
como medida de seguridad, la Clausura Total Temporal de la obra hasta en tanto
el inspeccionado acredite contar con la autorización o exención en materia de
impacto ambiental.
No hay comentarios:
Publicar un comentario