Clausura
Profepa construcción
de palapa en Playa Delfines
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró la
construcción de una palapa en la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), a
la altura del kilómetro 17.5, segunda sección, de la zona hotelera de Cancún,
en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, por no contar con autorización
de Impacto Ambiental emitida por la Semarnat. Personal
de la Delegación Federal de la Profepa en la entidad en coordinación con la
Delegación de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat),
realizó inspección en la zona señalada, donde se constató que se llevaba a cabo
la edificación de una palapa, cuyo
predio no cuenta con exención en materia de evaluación del impacto ambiental
emitida u otorgada por dicha Secretaría.
Las
obras se localizan en Playa Delfines, hábitat de anidación de diversas especies
de tortugas marinas, como la Tortuga Blanca (Dermatemys mawii); Tortuga Caguama
(Caretta caretta) y Tortuga Carey (Eretmochelys imbricata), las cuales se
encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo
la categoría de peligro de extinción.
Durante
la inspección se observó la colocación
de 4 pilotes de 22 cm de ancho y 6.50 mts de altura hincados a nivel del
estrato arenoso que forman la cimentación para la construcción de una palapa.
Asimismo, se constató la puesta de 11 pilotes de aproximadamente 12 cm de
diámetro por 7 mts. de largo que constituirían la estructura de la
construcción. Estas actividades se llevaron a cabo en una superficie de 59.96
m2 cercanos a la zona de anidación de tortugas marinas.
Es
importante resaltar que este tipo de obras pueden modificar la estructura del
suelo arenoso, incluso ocasionar el
desmoronamiento o perforación de los cántaros o
nidos tardíos presentes en dichas zonas, lo cual puede originar el
riesgo inminente de deterioro o daño a la anidación de las tortugas marinas.
Por
lo anterior, la Delegación de la Profepa en Quintana Roo impuso como medida de
seguridad la Clausura Total Temporal de las obras y actividades relacionadas
con la construcción de una palapa en la Zofemat de playa delfines.
Las
violaciones a los preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y
la Protección al Ambiente, sus
reglamentos y las disposiciones que de ella emanen, serán sancionadas
administrativamente con una multa por el equivalente de treinta a cincuenta mil
días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, al momento de
imponer la sanción.
Dichas
conductas pueden derivar en la configuración de un delito penal, conforme a lo
previsto en el artículo 420 del Código Penal Federal se impondrá pena de uno a
nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de
multa, a quien ilícitamente capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar
de tortuga o mamífero marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus
productos o subproductos.
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