miércoles, 7 de octubre de 2015

Pide Ivanova incorporar a legislación
principios generales de derecho ambiental

La diputada federal por Quintana Roo, Ivanova Pool presentó una iniciativa de ley que reforma el artículo 27 Constitucional con la finalidad de incluir en su redacción, los principios de participación informada y el principio precautorio, y con ello agregar a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, la mención expresa de dichos principios que son los que rigen el derecho ambiental internacional.
La legisladora perredista por la tercera circunscripción señaló con esto se podrá hacer frente a las amenazas ecológicas a la que están expuestos los recursos naturales vitales para la vida humana en nuestro país, como son los cuerpos de agua, aire, recursos terrestres entre otros.

Indicó que quedarán plasmados de la siguiente manera:
Los principios rectores e inspiradores de la presente Ley que servirán de marco a todo el desarrollo normativo ulterior de protección ambiental son:
1º El principio preventivo y de corrección de los daños al medio ambiente, se refiere a la utilización de las mejores técnicas disponibles con a un costo económico aceptable;
2º El principio precautorio, según el cual cuando exista un peligro potencial o presuntivo de daño ambiental grave o irreversible y ante la falta de certeza científica conclusiva sobre los procesos ó tecnologías que representen riesgo para el medio ambiente y en consecuencia la salud pública, deberá utilizarse como razón para postergar el proyecto hasta determinar medidas eficaces para impedir la degradación del ambiente, siendo prioritario la salvaguarda de los derechos humanos.
3º El principio de obligatoriedad para la restauración de daños, según el cual los gastos resultantes de las medidas de prevención, de reducción de la contaminación y de lucha contra la misma deben ser sufragados por el contaminador;
4º El principio de participación informada, según el cual todas las personas tienen acceso a la información medioambiental, incluida aquella relativa a las sustancias y actividades peligrosas, y según el cual se asocia a los ciudadanos al proceso de elaboración de los proyectos que tienen una incidencia importante en el medio ambiente o la ordenación del territorio.
5° El principio de desarrollo sustentable, es definido como un desarrollo que satisface las necesidades (en especial las necesidades esenciales de la población pobre del mundo) del presente, sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer las suyas. Se impone la idea de las limitaciones en la capacidad del medio ambiente para satisfacer las necesidades del presente y del futuro.

La secretaria de la mesa directiva de la Cámara de Diputados agregó que en las leyes reglamentarias (Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y Ley Federal de Responsabilidad Ambiental) se incluyen los principios ambientales de manera escueta, por lo que consideró imprescindible no sólo mencionarlos, sino también detallarlos para que los distintos niveles de gobierno tengan la obligación de asegurar su cumplimiento, integrándolos en todas sus decisiones y actividades.

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